Cobro de la Contribución por Patente: Tratándose de Sociedades de inversiones o sociedades de profesionales, cuando esta no registra domicilio comercial, la patente se deberá pagar en la comuna correspondiente al domicilio registrado por el contribuyente.
El Art. 24 de la ley de Rentas Municipales, señala que, ejerce por un mismo contribuyente, en su local, oficina, establecimiento, quiosco o lugar determinado, el valor por 12 meses de la patente será de un monto equivalente entre cinco por mil del capital propio de cada contribuyente, a la que no podrá ser inferior a una unidad tributaria mensual.